El traslado de los estudiantes Carmelitas de filosofía a Córdoba a finales de la década de los 40 del siglo pasado va a propiciar el inicio de la actividad docente por parte de la Comunidad de los Carmelitas Descalzos de San Fernando. Al quedar libres las dependencias conventuales se plantean el establecimiento del colegio reconocido de segunda enseñanza Liceo del Sagrado Corazón existente en la ciudad, donde los frailes desempeñan la Dirección espiritual e imparten clases de religión.

La falta de espacio mueve a los profesores cooperativista a ceder la propiedad del Colegio a los Carmelitas, a cambio de garantizar los puestos de trabajo, firmándose el acuerdo ante notario el 4 de Junio de 1949. Esta firma supone igualmente el traslado del antiguo colegio al edificio conventual. Esta iniciativa sale adelante y muy pronto el centro alcanza un gran prestigio entre la población “isleña”.

El crecimiento del establecimiento educativo y el mal estado de conservación de las dependencias obligan a realizar un nuevo edificio, sufragando todos los costes la propia Orden, iniciándose su construcción en 1969. La primera fase del proyecto se inaugura en enero de 1970, comenzándose de inmediato la construcción de la segunda y última.

La importante labor educativa del Liceo Sagrado Corazón es una de las claves de su notoria proyección en la ciudad. En las aulas de este centro se han formado miles de jóvenes a lo largo de su más de medio siglo de existencia, que avalan una brillante trayectoria. De los 146 alumnos contabilizados en el año de su inauguración se ha pasado a más de 1200 con los que cuenta en la actualidad.

El Centro se ha ido adaptando a la legislación vigente en cada momento y, según la demanda social, va consiguiendo la autorización definitiva para impartir las enseñanzas establecidas, hasta llegar a la situación actual.

La Entidad Titular responsable del Colegio Liceo Sagrado Corazón es la Provincia Ibérica de Santa Teresa de Jesús de la Orden de Carmelitas Descalzos, legalmente constituida, con personalidad y capacidad propias reconocidas por la legislación general vigente.